JUNTA ELECTORAL DE LA ALIANZA
ENCUENTRO POR CORRIENTES - ECO
Resolución N° 03
VISTO:
El Expte. N° 4367/15: caratulado: “ALIANZA:
“ENCUENTRO POR CORRIENTES” (ECO) S/ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL -
ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS, SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIAS DEL 09/08/2015” Y
ELECCIONES GENERALES NACIONALES DEL 25/10/2015, y el Expte. N° 01/2015 caratulado: “LISTA REPUBLICA DE LIBRES E
IGUALES S/OFICIALIZACIÓN DE PRE-CANDIDATURAS A SENADORES NACIONALES, DIPUTADOS
NACIONALES y PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR (D.R.) Dto. CORRIENTES”, a fin de resolver en los términos
de lo dispuesto por el Código Electoral, Ley de Partidos políticos, Reglamento
Electoral de la Alianza y,
CONSIDERANDO:
Que se presentan la Dra.
Gabriela Alejandra Gauna y a la Dra. Roció Dayana Benítez Lagraña, en carácter
de apoderados, constituyendo domicilio en calle San Luís N° 1325, de esta
ciudad de Corrientes Capital, con el objeto de solicitar la oficialización de
la “LISTA REPUBLICA DE LIBRES E IGUALES”, y de la nómina de Pre –
Candidatos a Senadores Nacionales, Diputados Nacionales y
Parlamentarios Del Mercosur (D.R.) a
efectos de participar en las Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y
Obligatorias del 09 de Agosto de 2015, por la Alianza “ENCUENTRO POR
CORRIENTES” (ECO) formalizada
ante la Justicia Federal con competencia electoral, y oficializada con el
número 504, por Resolución N° 66 de fecha 16 de Junio de 2015.
Que la referida lista de precandidatos ha sido presentada en
tiempo y forma, de acuerdo al plazo estipulado en el cronograma electoral,
según consta en el Libro de Cargos de la Junta Electoral ( fs. 5 y vta. ).
Que conforme el análisis exhaustivo realizado por la Junta Electoral de la
Alianza, respecto de la documentación presentada, en cuanto a los
requisitos legales y formales exigidos, la lista y sus integrantes reúnen los
requerimientos establecidos por la
Constitución Nacional, la Ley de
los Partidos Políticos, la Ley 26.571, el Código Electoral Nacional, la Ley 24.012, y por el Reglamento
Electoral de la Alianza..
Que,
asimismo, todos los precandidatos propuestos -bajo la fé de sus respectivos
juramentos han DECLARADO reunir las condiciones legales y constitucionales para
las candidaturas que han aceptado y NO encontrarse comprendidos en ninguna de
las inhabilidades ni incompatibilidades legales.
Que,
además, esta Junta ha cumplido con la carga de solicitar al registro Nacional
de Reincidencia los certificados de antecedentes penales correspondientes de
los precandidatos, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 7º del
Decreto (PEN) Nº 443/2011, encontrándose a la hora 20.45 del día 22 de junio de
2015, pendientes de recepción por parte de esta Junta, los informes de
reincidencia de los precandidatos propuestos.
Que,
por su parte, el Juzgado Federal, a través de la
Secretaría Electoral a cargo del
Dr. Carlos Rausch, en cumplimiento de lo previsto por el artículo 27º de la Ley 26.571, ha expedido la información necesaria
respecto de los precandidatos postulados, la cual verifica el cumplimiento de
las condiciones requeridas para el cargo que se postulan.
Que además esta Junta Electoral en cumplimiento
de los dispuesto por el artículo 1º del Decreto PEN Nº 443/11, verificó los
avales acompañados. De dicha verificación surge que los avales han sido
presentados en debida forma, en el modelo de planilla y aplicativo informático
establecido por la Cámara Nacional Electoral y en número suficiente de
conformidad a las exigencias del artículo 21º de la Ley 26.571.
Que, por todo lo
expuesto y lo dispuesto en las normas legales citadas, corresponde admitir la
solicitud de oficialización de la lista de precandidatos presentadas ante esta
Junta Electoral.
Que, por todo ello, en virtud de las facultades conferidas por el Reglamento de
la ALIANZA y las normas electorales vigentes, por unanimidad,
LA JUNTA
ELECTORAL DE LA ALIANZA
ENCUENTRO POR
CORRIENTES
RESUELVE
I.- OFICIALIZAR la lista “LISTA REPUBLICA DE LIBRES
E IGUALES” de
precandidatos a Senadores Nacionales, Diputados Nacionales y
Parlamentarios Del Mercosur (D.R.) titulares y suplentes por la provincia
de Corrientes presentada para participar en las elecciones primarias abiertas,
simultáneas y obligatorias del día 09 de agosto de 2015, por la Alianza
“ENCUENTRO POR CORRIENTES” (ECO), conformadas por la nómina de
precandidatos, de acuerdo a las modificaciones interpuesta en virtud de lo
establecido por el articulo 156 (de la Elección de Senadores Nacionales) del Código Nacional Electoral, que como Anexo
I se adjunta y es parte integrativa de la presente Resolución, asignándole a
tal efecto el número de identificación Letra “C” número 504. Se identificará
para las boletas de la siguiente manera: Lista Republica de Libres e Iguales
(debajo del sello de ECO o nominación de la Alianza “ENCUENTRO POR
CORRIENTES”) – Lista C (a la derecha de Lista Republica de Libres e
Iguales), y Lista 504 (en la parte superior derecha,
arriba de Lista C).
II.- Tener por apoderados de la LISTA REPUBLICA DE LIBRES E
IGUALES, a la Dra. Gabriela
Alejandra Gauna, D.N.I. Nº 33.214.522 y a la Dra. Roció Dayana Benítez Lagraña,
D.N.I. Nº 38.236.220 y por constituido domicilio legal en calle San Luís N° 1325,
de la ciudad de Corrientes.
III.- Tener por designado responsable
económico financiero de la LISTA REPUBLICA
DE LIBRES E IGUALES, al Sr. Juan
Alberto Calvano, D.N.I. 31.436.125, y por constituido domicilio especial en
calle San Luís N° 1325, de la ciudad de Corrientes, Capital.
IV.- Intimase a la LISTA
REPUBLICA DE LIBRES E IGUALES, a designar en cumplimiento del Art. 16
inc. 6 del Reglamento Electoral, un representante que integre la Junta
Electoral de la Alianza, debiendo denunciar DNI, dirección de correo
electrónico, y constituir domicilio en el radio de la Ciudad de
Corrientes, Capital.
V.- Intimase a
lista “REPUBLICA DE
LIBRES E IGUALES” a designar un responsable
técnico de campaña electoral y un representante tecnológico para actuar ante la Dirección Nacional
Electoral, conforme al Art. 1º del Decreto 443/10 (texto actualizado por
Decreto Nº 776/15).
VI.- Intimase a
lista “REPUBLICA DE
LIBRES E IGUALES” a informar la página web
donde hará las publicaciones de rigor. En caso de no hacerlo pueden utilizar a
esos efectos la página de la Alianza 504 “Encuentro por Corrientes” ECO, que a
continuación se informa: alianzaencuentroporcorrientes.blogspot.com.ar.
VII.- Notifíquese, exhíbase y publíquese en forma.
VIII.- REMÍTASE testimonio de la presente, una vez que se
encuentre firme, al Señor Juez Federal con competencia electoral del distrito,
en el plazo y a los efectos previstos en el artículo 30 de la Ley 26.571.
Resuelto y firmado a los 22 días del mes
de Junio de dos mil quince (2015) en la ciudad de Corrientes, Capital.
ANEXO I
PRE-CANDIDATOS:
LISTA REPUBLICA DE LIBRES E IGUALES
DIPUTADOS
|
|
|
|
APELLIDO
|
NOMBRE
|
DNI
|
CARGO
|
SANCHEZ
|
DARIO
|
29.721.347
|
TITULAR - 1
|
ALEGRE
|
MARIA FATIMA
|
22.937.083
|
TITULAR - 2
|
VIANNA
|
PABLO ESTEBAN
|
18.030.428
|
TITULAR - 3
|
CUADRO
|
JORGE ALBERTO
|
20.846.813
|
TITULAR - 4
|
HIDALGO
|
RAMON EDUARDO
|
33.164.389
|
SUPLENTE - 1
|
SANCHEZ
|
EMA DELIA
|
3.558.478
|
SUPLENTE - 2
|
FERNANDEZ AVANCINI
|
AUGUSTO LUCIANO
|
32.566.463
|
SUPLENTE - 3
|
|
|
|
|
SENADORES
|
|
|
|
APELLIDO
|
NOMBRE
|
DNI
|
CARGO
|
RAFFO
|
JUAN CARLOS
|
5.711.637
|
TITULAR - 1
|
ZORZOLI
|
NORMA GLADYS
|
14.028.936
|
TITULAR - 2
|
SURUR
|
DIEGO NICOLAS
|
30.791.270
|
SUPLENTE - 1
|
SIVIERO
|
MARCELA INES
|
25.102.571
|
SUPLENTE - 2
|
|
|
|
|
PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR
|
|
|
|
APELLIDO
|
NOMBRE
|
DNI
|
CARGO
|
CALVANO
|
HUGO RICARDO
|
32.992.939
|
TITULAR - 1
|
ASTARLOA
|
GASTON NICOLAS
|
26.685.544
|
SUPLENTE - 1
|
BAEZ
|
PAULA
|
34.298.278
|
SUPLENTE - 2
|
Oscar Antonio Martínez Juan
José López Desimoni
Presidente Vicepresidente
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